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Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

El MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA ha publicado el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. 

Objeto y ámbito de aplicación

Concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía será el encargado de gestionar y pagar estas ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla las cantidades acordadas. 

Las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla deberán aceptar de forma expresa e inequívoca, mediante escrito dirigido a la Dirección General del IDAE, la ayuda concedida y ajustada en su integridad a este real decreto, que será realizada por el IDAE en un único pago a las cuentas corrientes y titulares que las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla determinen.

Convocatoria en Castilla y León

Plazo de solicitud: desde el 12 de febrero de 2020 hasta el 31 de febrero de 2020

La Junta de Castilla y León ha convocado las subvenciones públicas incluidas en el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, destinadas a incentivar y promover la realización de  actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.

Actuaciones elegibles.

  • Para poder acogerse al Programa, las actuaciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases, justificando el ahorro energético y la reducción de las emisiones de CO2.
  • Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deben cumplir con los requisitos que se establecen en el Anexo IV del real decreto y encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:
    1) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
    2) Implantación de sistemas de gestión energética.
  • Dado el carácter incentivador de las ayudas, las actuaciones objeto de las mismas no podrán haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

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Destinatarios últimos de las ayudas

a) Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:

 

  • 07. Extracción de minerales metálicos.
  • 08. Otras industrias extractivas.
  • 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
  • 10. Industria de la alimentación.
  • 11. Fabricación de bebidas.
  • 13. Industria textil.
  • 14. Confección de prendas de vestir.
  • 15. Industria del cuero y del calzado.
  • 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
  • 17. Industria del papel.
  • 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
  • 19. Coquerías y refino de petróleo.
  • 20. Industria química.
  • 21. Fabricación de productos farmacéuticos.
  • 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
  • 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
  • 24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
  • 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
  • 26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
  • 27. Fabricación de material y equipo eléctrico.
  • 28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
  • 29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
  • 30. Fabricación de otro material de transporte.
  • 31. Fabricación de muebles.
  • 32. Otras industrias manufactureras.
  • 33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
  • 35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
  • 36. Captación, depuración y distribución de agua.
  • 37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
  • 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
  • 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a)

 

    Cuantía de las ayudas

    La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las tres siguientes:
    a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto, y con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en el anexo IV del RD.
    b) La cuantía máxima que, en función de la región donde radique el proyecto y tipología de empresa promotora

     

    cuantía de las ayudas IDAE para eficiencia energética en PYMES

    Presupuesto por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla

    Comunidad/Ciudad Autónoma Presupuesto

    Euros
    Andalucía 73.778.059,68
    Aragón 10.562.941,35
    Asturias, Principado de 4.779.747,67
    Balears, Illes 1.602.277,30
    Canarias 2.580.302,51
    Cantabria 4.105.555,15
    Castilla y León 32.362.793,24
    Castilla-La Mancha 9.930.916,48
    Cataluña 49.493.353,71
    Comunitat Valenciana 31.191.038,12
    Extremadura 2.032.533,55
    Galicia 16.629.395,16
    Madrid, Comunidad de 23.730.319,46
    Murcia, Región de 21.850.472,58
    Navarra, Comunidad Foral de 4.688.201,42
    País Vasco 15.321.804,01
    Rioja, La 2.865.733,89
    Ceuta 74.665,11
    Melilla 64.795,60
    Total 307.644.906,00

    Convocatorias y ayudas