Mejora de la eficiencia energética en el sector empresarial Castilla y León 2020 - ITCL

OTRI ITCL

«La productividad nunca es un accidente. Siempre es el resultado de un compromiso con la excelencia, planificación inteligente y esfuerzo concentrado» (Paul J. Meyer)

Convocatoria 2020 de ayudas para Castilla y Leon

Mejora de la eficiencia energética en el sector empresarial de Castilla y León 2020

Plazo de presentación: desde el 13/01/2020 hasta el 11/02/2020.

Ámbito geográfico

Solo se financiarán aquellos proyectos que sean desarrollados por empresas con domicilio social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León.

Si desea ampliar la información o considerar la participación de su empresa en estos proyectos puede contactar con nosotros

Instituto Tecnológico de Castilla y León. Polígono Industrial Villalonquéjar.
C/ López Bravo, 70. 09001 BURGOS.
Tel. 947 298 471 // 947 298 008

La Consejería de Economía y Hacienda ha publicado la convocatoria para subvenciones subvenciones destinadas a promover la realización en Castilla y León de inversiones en materia de ahorro y eficiencia energética, en el ámbito del sector empresarial, buscando la utilización de la mejor tecnología disponible (MTD), y siempre que, ni la instalación sustituida ni la nueva instalación estén alimentadas por una fuente de energía renovable.

Beneficiarios

a) Grandes empresas de Castilla y León.

b) Pequeñas o medianas empresas (PYME) de Castilla y León

c) Autónomos.

d) Agricultores y ganaderos no incluidos en los anteriores y que sean titulares de explotaciones agrarias o cotitulares de explotaciones de titularidad compartida inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).

Se excluyen las empresas de la industria extractiva energética, de refino de petróleo, combustibles nucleares y generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

Ámbito de aplicación

A estos efectos se entenderá por sector industrial productivo el formado por:

1) aquellos sectores que, a partir de sus actividades, obtienen un producto directamente de los recursos naturales, transformándolo en materias primas no elaboradas destinadas principalmente a la producción industrial y al abastecimiento de determinados tipos de servicios (se incluyen las siguientes actividades: agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca), y

2) aquellos otros sectores que, a partir de sus actividades económicas, transforman materias primas en bienes o mercancías, que se utilizan tanto como base para la fabricación de nuevos productos como para abastecer directamente las necesidades del mercado (se incluyen las siguientes actividades: alimentación, bebidas, tabaco, textil, cuero, calzado, madera, corcho, muebles, pasta, papel, impresión, química, minerales no metálicos, equipo de transporte, metalurgia, productos metálicos, maquinaria, equipo mecánico, equipo eléctrico, electrónico y óptico).

Actuación subvencionable

1) Equipos consumidores de energía.

a) Sustitución de equipos consumidores por otros, también consumidores, que generen un ahorro energético o mejoren la eficiencia energética o instalación de equipos que consigan el mismo fin. (calderas, quemadores, bombas de circulación de fluidos, cámaras frigoríficas, instalaciones de producción de frío industrial, ventiladores, compresores, motores eléctricos, hornos, secaderos, prensas, cortadoras, taladros, sierras, y otros equipos auxiliares de los procesos productivos que consuman energía).

b) Iluminación interior o exterior. Sustitución de luminarias, lámparas, o equipo de encendido.

c) Sustitución de medios de transporte de personas (ascensores y escaleras mecánicas). Podrá realizarse una sustitución integral, siempre que conlleve un ahorro energético cuantificable, o bien sustituciones parciales, de:

• Equipamiento con una máquina de tracción directa, sin reductor.
• Motores por otros controlados por variador de frecuencia o sistema similar.
• Sistema de iluminación en cabina energéticamente eficiente con un VEEI límite de 7,5 según CTE DB-HE-3 con apagado por sistema de detección de presencia u otro sistema automático inteligente.

2) Instalación de recuperadores de efluentes térmicos.

3) Sustitución y/o instalación de sistemas de control de variables energéticas, incluidos los sistemas de monitorización central y remota que conlleven un ahorro energético cuantificable. Cuando se trate de instalación de iluminación, se incluirá la instalación de reactancias electrónicas, de sistemas de control local o remoto de encendido y regulación del nivel de iluminación.

Cuantía

Se puede conseguir hasta el 40% de subvención

En función del ahorro energético anual previsto, entre el 15% y el 40% del coste subvencionable, con un tope máximo de 200.000 €.

Convocatorias y ayudas